CONSEJO PROFESIONAL DE CS ECONÓMICAS DE CHUBUT CONVOCATORIA
CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS
ECONÓMICAS DEL CHUBUT
LEY X, Nº 4, anterior Ley 1.181
L CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS DEL CHUBUT, de acuerdo a lo dispuesto por Ley X Nº 4, anterior Ley Nº 1181, el Decreto Reglamentario Nº 837/75 y Estatuto, CONVOCA A ELECCIONES por vencimiento de sus mandatos, para el día 28 de Junio de 2024, según Resolución Nº 1.722/24 - C.P.C.E.Ch., a fin de integrar los siguientes órganos:
CONSEJO DIRECTIVO: Un (1) Presidente, ocho (8) Consejeros titulares y tres (3) Suplentes.
COMISION FISCALIZADORA: Tres (3) Miembros Titulares y dos (2) Suplentes.
TRIBUNAL DE ETICA: Tres (3) Miembros Titulares y dos (2) Suplentes
DELEGACIONES: Simultáneamente, se elegirán uno (1) Delegado Titular y tres (3) Suplentes: Delegado suplente 1°, Suplente 2° y Suplente 3° para cada Delegación, a saber: Comodoro Rivadavia, Trelew, Esquel, Puerto Madryn y Rawson.-
PADRONES: El padrón provisorio será puesto a disposición en cada delegación a partir del día 14 de Mayo de 2024. Las observaciones al mismo se recibirán hasta el día 28 de Mayo del corriente año, inclusive. El padrón definitivo se formará y pondrá a disposición de las Delegaciones a partir del 11 de Junio de 2024.
PRESENTACIÓN DE LISTAS:La presentación de Listas deberá realizarse dentro del período comprendido entre el día 03 de Abril de 2.024 y hasta el día 29 de Abril de 2.024, inclusive.
OFICIALIZACIÓN DE LISTAS: Oficialización de Listas de candidatos: la Junta lectoral deberá expedirse respecto de la oficialización de Listas dentro de los cuatro (4) días de haber sido presentadas las mismas.
ACTO ELECCIONARIO: Se llevará a cabo en el día indicado, desde las 9:00 hs. hasta las 18:00 hs. en las sedes de las distintas delegaciones.
VOTO: De acuerdo a lo establecido en el artículo 4º de la Ley X Nº 4, anterior Ley 1181 y el artículo 2º del Decreto Nº 837/75 y Estatuto , el voto es obligatorio y para poder acceder al mismo, el matriculado debe encontrarse al día en el pago del Derecho de Ejercicio Profesional.
MULTA: La no concurrencia al acto, sin la debida justificación, da lugar a la aplicación de la multa instituída por Resolución Nº 778/01 – C.P.C.E.Ch.-
