Que ante la existencia de 'inmuebles territoriales del Dominio Privado Municipal, mediante la Ordenanza 9062/24. se autorizó al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer la venta por el Sistema de Ofrecimiento Público del inmueble ubicado en el Ejido de Rawson, con destino a la construcción de un Cementeriu Parque;
Artículo 1° - Disponer la venta por el Sistema de Ofredmiento Público a mejor precio de la tierra fiscal Municipal que se detalla en el Anexo I de la presente Resolución, conforme las condiciones alli indicadas.-
Articulo 3°- Las ofertas se presentarán en sobre cerrado, el que deberá contenerlo siguiente:
- Pliego de ofertas que comoAnexo.l1 es parte integrante de la presente Resolución-
- Constancia de Pago por la adquisición del pliego de ofertas, cuyo valor se fija en la suma de pesos; TREINTA MIL(S30.000,00),-
-Pagaré a la orden de la Municipalidad de Rawson, en carácter de garanlla de ofertas, por el valor del DIEZ POR CIENTO (10%), del importe total ofertado por el inmueble pretendido, documentación que como anexo 111, forma parte de la presente Resolución,-
Articulo 4°- Fijese el plazo de presentación de, las ofertas el dia 12 de noviembre de 2024 a las doce (12:00)horas, úninamente por la Mesa de Entradas de la Municipalidad de Rawson, sita en la calle Mariano Moreno N° 650 de la ciudad de Rawson,-
Articulo 5°- Establecer la apertura de las ofertas el mismo día indicado en el articulo anterior, a las doce y treinta (12:30) horas, en dependencias del Centro Cultural José Hernámdez (ex Cine Teatro Municipal),sito en calle Jorge Galina N° 170, de la ciudad da Rawson,-
Articulo 6° - 'Quien resulte adjudicatario del inmueble que consta en el Anexo I de la presente, está obligado a afrontar a su cargo y costo ante la Cooperativa de Servicios Públicos Consumo y Vivienda Rawson Limitada, con el pago de la extensión de las redes de infraestructura correspondiente al agua corriente, energía eléctrica y alumbrado público, de igual manera respecto de las redes de gas natural. conforme valores económicos que establezcan las entidades prestadoras de tales servicios: como así también respecto de la demarcación de las Parcelas y Mensura particular de Deslinde y Fraccionamiento, según corresponda-
ANEXO I
(Corresponde Resoluci6n N°.01109/2024)
NOMENCLATURA CATASTRAL
(Inmueble correspondiente al
SECTOR 3 -CIRCUNSCRIPCION 2
PARCELA CHACRA SUPERFICIE PRECIO MAXIMO DE CUOTAS
EN HAS. BASE Posible a Abonar
(en pesos) (Iguales, Mensuales y
Consecutivas)
23B 56 14,00 $60.000.000,00 TRES (3)